REFORMAS EN VEHICULOS (RD 2822/1998)
Cuando existe reforma de importancia (R11 o R45) la documentación exigible es la siguiente:
- Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio Oficial acreditado en España.
- Certificado del taller que realiza la reforma.
- Una inspección (I.T.V.) específica sobre las zonas modificadas.
- Anotación de la reforma sobre la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo por la I.T.V.